Herramientas de Accesibilidad

Skip to main content
  • Trámites

    El Ministerio del Interior, a través del Cuerpo Nacional de Policía, es quien tiene competencia para llevar a cabo todos los procedimientos y trámites relacionados con Extranjería. No obstante, La Concejalía de Extranjeros Residentes está a disposición de los ciudadanos extranjeros que residen en Marbella para asistir en los diferentes procedimientos a llevar a cabo.

    Es importante tener en cuenta que, en el momento de pedir cita previa en la Sede Electrónica, aparecen dos opciones para obtener la misma: Trámites en Oficina de Extranjería y Trámites Cuerpo de Policía Nacional. La principal razón de esta diferencia es que los trámites que aparecen en el primer desplegable se realizan en la Oficina de Extranjería de Málaga, mientras que los trámites del Cuerpo de Policía Nacional se llevan a cabo en las comisarías de policía de los municipios de la provincia de Málaga.

    Trámites en oficinas de extranjería
    • Renovación de estancias de corta duración: este trámite va dirigido a aquellos extranjeros residentes extracomunitarios en Marbella. Las estancias de corta duración tienen una vigencia de dos años y todas las renovaciones deben tramitarse en Málaga.
    • Renovación de estancias de larga duración: este trámite va dirigido a aquellos extranjeros residentes extracomunitarios en Marbella. Las estancias de larga duración tienen una vigencia de cinco años y la primera renovación debe tramitarse en Málaga.

    Solicitar cita previa con Extranjería - Policía Nacional

    Información sobre tasas, modelos de solicitud, residencias, permisos, etc, consulte la web del Ministerio del Interior

    Trámites Cuerpo Nacional de Policía
    • Certificación y asignación NIE: El NIE (número de identificación de extranjero) es un código alfanumérico identificativo, asignado a cualquier extranjero que necesite interactuar con la Administración española, independientemente de sus condiciones de residencia, temporal o permanente, y es necesario tanto para residentes comunitarios de países pertenecientes a la UE como para los extracomunitarios.
    • Toma de Huella (expedición de tarjeta) y recogida de tarjeta de identidad de extranjero (TIE): El TIE es un documento de identidad requerido a los extranjeros residentes extracomunitarios y la forma de acreditar la residencia en España. Este documento es necesario renovarlo cada dos años. Para la obtención del TIE debes solicitar cita previa en ‘toma de huella (expedición de tarjeta)’ para proceder a la realización del trámite. Una vez finalizado, debes solicitar cita previa en ‘recogida de tarjeta de identidad de extranjero (TIE)’ con el objetivo de recoger la tarjeta de forma física.
    • Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea: este trámite va dirigido a todos aquellos extranjeros residentes en Marbella, pertenecientes a un Estado miembro de la U.E., que van a residir en España por un periodo superior a tres meses. En este caso, es obligatorio solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
    • Certificado residente y no residente o concordancia: este trámite tiene como fin acreditar ante otros organismos determinados periodos de residencia legal en España, obteniendo un certificado que acredite, de manera acumulada, los mismos.
    • Información de trámites de la comisaría de policía: solicita cita previa en este trámite en el caso de que quieras informarte sobre su caso concreto y los diferentes  procedimientos llevados a cabo en el Cuerpo Nacional de Policía.

    Cita previa Policía Nacional

  • NIE

    El número de identificación de extranjero (NIE) es un número secuencial personal (emitido en orden), es único y exclusivo y asignado a los extranjeros en las siguientes situaciones por el Departamento.

    ¿Qué es el NIE?

    El número de identificación de extranjero (NIE) es un número secuencial personal (emitido en orden), es único y exclusivo y asignado a los extranjeros en las siguientes situaciones por el Departamento General de Policía. El número se asigna oficialmente en los primeros dos casos y a solicitud del interesado en el tercer caso:

    • Quienes obtengan algún tipo de extensión de estancia o documento que les permita permanecer en territorio español.
    • Los que participan en un registro administrativo en virtud de las disposiciones establecidas en la legislación que rige a los extranjeros.
    • Aquellos que, por intereses económicos, profesionales o sociales, mantienen relaciones con España.

    Dado el sistema privilegiado de permanencia y residencia de los ciudadanos de la Unión Europea en España, la forma general en que obtienen su NIE es solicitándola cuando mantienen relaciones con España como resultado de sus intereses económicos, profesionales o sociales.

    El NIE es el número que identifica al ciudadano europeo en España y debe figurar en todos los documentos emitidos o procesados, así como en todos los formularios de solicitud dirigidos a la administración y en un número significativo de documentos por y entre entidades privadas (bancos, compañías de seguros, etc.).

    Sin embargo, el NIE no reemplaza, sino que complementa, la documentación que el ciudadano de la Unión Europea siempre debe portar en España con fines de identificación, como los siguientes:

    • Documento nacional de identidad.
    • Pasaporte. Ambos emitidos por las autoridades de su país de origen y debidamente en vigor.
    • Opcionalmente, pero muy recomendable, la tarjeta de residencia española, que no es obligatoria, pero sí habilita procedimientos con respecto a entidades privadas.
    Oficinas y registro

    Solicitud realizada fuera de España:

    Departamento General de Extranjeros y Documentación, Departamento General de Policía
    C/ General Pardiñas 90 - 28006 Madrid
    Tel. +34 91 322 6824 / +34 913 226 826
    Abierto al público de lunes a viernes de 09:00 a 14:00

    Solicitud realizada en Marbella:

    Oficina de Extranjería. Comisaría Local
    Avda Luque de Lerma, Edificio España local 2 - Marbella 29603
    Tel. +34 952 952820561/ 952 865793
    Abierto al público de lunes a viernes de 09:00 a 14:00

    Dónde y cómo solicitarlo

    Puede solicitar el NIE una vez que esté en España o en su país de origen a través del consulado español correspondiente.

    En España

    Si decide solicitar el NIE en España, debe hacerlo en la oficina de policía más cercana a su hogar.

    Tendrá que completar el formulario EX-15 , que se puede recoger en la oficina de extranjeros o descargar.

    El formulario EX-15 antes mencionado requiere la siguiente información:

    • Número de pasaporte.
    • Datos personales (nombre, apellido (s), lugar de nacimiento, etc.).
    • Dirección en España, si corresponde, o dirección en su país.
    • Dirección con fines de notificación.
    • La razón por la cual se solicita el documento: económico, profesional o social. Además, se deben dar los detalles exactos de por qué el NIE es necesario, identificando a la Administración, entidad o individuo que lo requiere, proporcionando la prueba documental correspondiente.

    El original y una copia de la siguiente documentación se deben proporcionar con el formulario:

    • Pasaporte, documento nacional de identidad vigente en su país.
    • Documentación que certifique la necesidad de obtener el NIE (formulario administrativo, formulario bancario, etc.).
    • En el caso de los familiares de un ciudadano de la Unión Europea, cuya nacionalidad es la de un Estado no miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo, la tarjeta de residencia comunitaria debe aplicarse al principio.

    La solicitud se puede realizar en España a través de un representante, que debe certificar su poder de representación mediante un poder general o especial formalizado ante un notario público, y la documentación que muestra el motivo por el cual se realiza la solicitud para el NIE debe también se presentará

    La persona también debe incluir sus detalles en la solicitud (formulario EX-15) y firmarlo.

    En cualquier caso, es mejor presentar la solicitud personalmente, aunque esté acompañado por su asesor, ya que esto evita gastos y posibles problemas de identificación.

    Tanto la solicitud como el formulario y el certificado con el número de identificación son gratuitos para la Administración.

    Una vez que se haya realizado la solicitud de NIE, el certificado será entregado al interesado en persona en el plazo aproximado de dos semanas.

    En tu país de origen

    Si decide solicitar el NIE desde fuera de España, debe visitar personalmente el consulado o embajada española correspondiente en su país de residencia.

    También debe presentar el formulario EX-15, que debe firmarse en presencia de los oficiales españoles.

    El formulario no está disponible en la embajada o consulado y debe descargarse de la página web mencionada anteriormente.

    También debe proporcionar su pasaporte actual. Los oficiales harán una copia del pasaporte y lo legalizarán y usted tendrá que pagar la tarifa correspondiente a la legalización.
    En principio, como ciudadanos de la Unión Europea, no es necesario que presente los documentos que justifican la solicitud de NIE, aunque es recomendable que se incluyan.
    Todo lo anterior debe presentarse en un sobre dirigido a:

    Comisaría General de Extranjería y Documentación
    Dirección General de la Policía
    Calle General Pardiñas 90
    28006 Madrid
    ESPAÑA

    La embajada o consulado no emitirá el NIE, simplemente procesarán su solicitud a la Dirección General de la Policía en España. En consecuencia, no podrán proporcionarle ninguna información sobre el estado de su solicitud. Si tiene alguna consulta, debe dirigirse a la Comisaría General de Extranjería y Documentación (Departamento General de Extranjería y Documentación).

    Para qué necesito el NIE

    El NIE es esencial para un gran número de procedimientos en España, lo cual significa que debe obtenerse tan pronto como sea posible. Las principales utilidades otorgadas al NIE, sin las cuales no podrían llevarse a cabo, son las siguientes:

    Alojamiento:

    • Comprar o vender una casa.
    • Firma de un préstamo hipotecario.
    • Registro de propiedad y Oficinas Notariales.

    Administración:

    • Local: censo; certificados de ocupación del hogar; impuesto a la propiedad; impuesto vehicular; Ganancias de capital; licencias de obras, licencias de apertura comercial, etc.
    • Justicia: registro civil, asistencia jurídica gratuita, etc.
    • Salud: tarjeta de salud.

    Seguridad Social:

    • Obteniendo un número de seguro social.
    • Solicitud de servicios del INEM (instituto español de empleo).
    • Exportación de las prestaciones de desempleo de un Estado miembro del espacio económico europeo.

    Relaciones económicas:

    • Abrir una cuenta en un banco.
    • Estableciendo un negocio o empresa.
    • Liquidación de impuestos estatales y regionales: Impuesto a la renta para no residentes (IRNR); impuesto sobre sociedades (IS); impuesto al valor agregado (IVA, IVA); Impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD), etc.

    Otros:

    • Comprar un vehículo.
    • Licencia de conducir.
    • Escuelas para menores, estudios académicos o estudios universitarios.
    • Aprobación y certificación de títulos y estudios.
    • Subvenciones y subsidios para estudios.
    • Contratos de suministro de electricidad y agua.

  • Oficina de Extranjería - CNP

Cómo pedir cita previa en la Policía Nacional en Extranjería

12 MB